Sede Electrónica de la Alcaldía de Montería

Beneficios


Es fundamental entender que estas Casas son del orden Municipal donde se promueve el desarrollo de la justicia local, dentro del marco constitucional de descentralización y autonomía de las Entidades territoriales. Por ello, es importante compartir con los mandatarios locales algunos de los beneficios que conlleva el implementar una Casa de Justicia en su comunidad, los cuales están definidos en los objetivos del programa y contemplados en el artículo 3° del Decreto 1477 de 2000, entre los que se destacan: 

  • Facilita la atención descentralizada, integral y coordinada de Entidades del orden Nacional, local, representantes de las comunidades y universidades presentes en la zona para la prestación de servicios de justicia, orientadas a evitar el escalonamiento de los conflictos y la generación de mayores niveles de violencia.
  • Familiariza a la comunidad con el uso de Métodos Alternativos de Solución de Conflictos.
  • Orienta al usuario sobre sus derechos y deberes e integra a la comunidad en torno a la defensa de los derechos humanos.
  • Previene la violencia intrafamiliar.
  • Fortalece la presencia y legitimidad del Estado en sectores y áreas poblacionales excluidos y marginados.
  • Une a la Comunidad y al Estado generando confianza y el sentido de pertenencia, en cuanto la Comunidad se siente beneficiada por la oferta de servicios que allí encuentra.
  • Fomenta la construcción y reconstrucción del tejido social.
  • Genera información fundamental para el diseño de políticas públicas en materia de justicia y permite el desarrollo de programas afines a la misión, visión y objetivos del Programa Nacional de Casas, pero acordes con la realidad local.

 


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Fecha de publicación 02/11/2017
Última modificación 28/11/2018